Defraudación Tributaria – Caso Shakira
El caso de la cantante colombiana Shakira ha puesto en primera plana conceptos como fraude fiscal o residencia fiscal, debemos tener presente que el primero es considerado como delito, pero entendamos que implica cometer fraude fiscal y las consecuencias del mismo.
Nuestra ley penal tributaria define a la defraudación tributaria como aquel acto por el que una persona en provecho propio o de un tercero deja de pagar de todo o en parte los tributos que establecen las leyes, valiéndose de cualquier artificio, engaño, astucia, ardid u otra forma fraudulenta; asimismo, este acto ilícito, de ser comprobado, hará acreedor al culpable de una pena privativa de la libertad de no menor de cinco (05) ni mayor de ocho (08) años.
Además, es importante, sobre todo para los extranjeros residentes en el Perú, el concepto de residencia contemplado en el Código Tributario, en este cuerpo normativo indica que se presume una residencia habitual cuando existe permanencia en un lugar mayor a seis meses; igualmente, la ley del impuesto a al renta señala que serán consideradas rentas gravadas las que obtengan los contribuyentes que se consideran domiciliados en el país, sin tener en cuenta la nacionalidad de las personas naturales, el lugar de constitución de las personas jurídicas, ni la ubicación de la fuente productora.
Esta noticia, aunque apareció en la página de espectáculo no deja de ser un tema de interés para aquellas personas que realizan actividades económicas como persona natural o valiéndose de las formas societarias existentes, el no tomarlo en serio, desconocerlo u optar por una asesoría inadecuada le puede constar estar inmerso en una investigación fiscal por un hecho presuntamente delictivo.
Así que esto no es para que se mortifique mastique, trague, trague, mastique, por el contrario, es para que claramente busque la asesoría idónea en materia tributaria y financiera.